Con fecha de hoy, 4 de febrero, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020. Las nuevas cuantías suponen un incremento del 5,555 por ciento de las previstas en el Real Decreto 1462/2018, de 21 diciembre, por el que se fijó el SMI para 2019.
Así el SMI queda fijado en 31,66€/día o 950€/mes. El salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

El SMI se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, si se realiza una jornada inferior se percibirá a prorrata.
Para los trabajadores eventuales y temporeros el SMI será de 44,99€ por jornada legal, incluyendo en este importe la parte proporcional de domingos y festivos y de las pagas extraordinarias.
El salario mínimo para los empleados del hogar, que trabajen por horas, en régimen externo, queda fijado en 7,43€ por hora efectivamente trabajada.
Este Real Decreto entra en vigor el día 6 de febrero de 2020, con efectos desde el 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.

Para más información y otras consultas, contacta con nuestro asesor laboral.

Hola, ¿En que te podemos ayudar?